España es un país solidario y su máximo exponente lo tenemos en que, desde hace 24 años, somos el líder mundial en número de trasplantes y donación de órganos, además de batir récord año tras año. Dolo, impresionada por el buen estado de salud de un conocido tras una exitosa intervención de trasplante de corazón, quiere saber qué tiene que hacer para hacerse donante de órganos.
– Pills, estoy totalmente convencida: quiero hacerme donante de órganos.
– Me parece muy bien Dolo, en España se baten año tras año cifras de trasplantes, pero las listas de espera para recibir un órgano siguen siendo altas.
– Por eso mismo Pills, quiero aportar mi pequeño grano de arena.
– Tu aportación no será algo pequeño Dolo, te aseguro que tu gesto es enorme.
– Pills, explícame cómo debo hacerme donante.
¿Quieres ser Donante?
- Puede ser donante cualquier persona que así lo decida en vida, aunque es necesario el consentimiento familiar tras el fallecimiento o haber hecho un testamento de últimas voluntades.
- Es necesario que el fallecimiento acontezca en un entorno hospitalario.
- Los órganos viables para trasplante se obtienen tras muerte cerebral o situación de fallecimiento por parada cardíaca.
- Según la Ley de trasplantes, en España todos somos considerados donantes si en vida no hemos expresado lo contrario. No obstante, la práctica en España obedece a un consentimiento informado: solicitud formal de la donación a la familia del fallecido.
- Puedes donar: riñones, corazón, páncreas, pulmones, tejidos, huesos, córneas y válvulas cardíacas.
- Normalmente la donación es completa pero se puede expresar determinadas preferencias a tus familiares para que tu voluntad se respete tras el fallecimiento.
- Es el equipo médico quien en última instancia dictamina si el fallecido puede o no ser donante y la familia la que firma el consentimiento.
- La donación de órganos es incompatible con la donación del cuerpo a la ciencia que se gestiona en las Facultades de Medicina.
Donación de Vivo
- Es la donación por la cual una persona en vida dona un órgano a otra persona de la lista de espera o conocido.
- El donante ha de ser mayor de edad (generalmente entre 18 y 60 años) y gozar de buena salud física y mental.
- La Ley garantiza los derechos de donante y receptor, la libertad en las decisiones, voluntariedad, gratuidad y altruismo.
- Los órganos que se pueden donar en vida son: riñones, un lóbulo de pulmón, partes del hígado, páncreas o intestinos y células de médula ósea.
- La donación en vida no cambia la expectativa de vida del donante.
Cifras en España
- En nuestro país el número de donantes es de 39,7 por millón de habitantes, muy por encima de la media europea (19,6) y Estados Unidos (26,6).
- El número de donantes se ha incrementado un 10% en 2015.
- El numero de trasplantes aumentan un 9,4% en 2015.
- En 2015 se realizaron una media de 13 trasplantes diarios, 4.769 al año.
- Desde la implantación de la Ley de Trasplantes, hace ya 25 años, cerca de 200.000 personas se han beneficiado de una donación.
Las 5 Claves del Éxito del Modelo Español
- Generosidad de la población española.
- Incremento de la donación en asistolia o a corazón parado: que supone una mayor preparación y coordinación del personal implicado ya que tras la parada cardíaca (a diferencia de la muerte encefálica) la degradación de los órganos es muy rápida.
- Incremento de trasplantes de donante vivo.
- Alta implicación y coordinación entre el personal de urgencias, intensivos y coordinadores en la detección de donantes potenciales.
- Perfecta coordinación con redes de transportes: Renfe (colabora de forma desinteresada) y compañías aéreas (algunas de ellas colaboran también de forma altruista) aeropuertos, bases militares …
– Pills, por lo que me dices, tras el fallecimiento es la familia la que decide si se donan o no los órganos
– Efectivamente Dolo, los familiares del fallecido deben firmar el llamado «consentimiento familiar» para hacer efectiva la donación.
– ¿Y podrían contradecir la voluntad del fallecido?
– No es lo habitual, pero se recomienda que tus familiares siempre estén al corriente de tus deseos al respecto.
– Tengo entendido que hay algún tipo de tarjeta acreditativa de que eres donante
– Existe la denominada Tarjeta de Donante, pero voy a aclararte algunos detalles importantes sobre ella.
Tarjeta de Donante y Voluntades Anticipadas
Tarjeta de Donante
- La tarjeta de donante tiene un valor testimonial, no legal. La emite la Organización Nacional de Trasplantes y la mayoría de asociaciones de enfermos.
- En ella se refleja la voluntad de ser donante, deseo que la familia suele respetar.
- En general aunque el fallecido posea la tarjeta de donante, si la familia se opone, la donación no se hará efectiva, puesto que no es un documento legal.
- Los datos aportados para la solicitud de la tarjeta son incorporados y tratados con fines exclusivamente administrativos y estadísticos, estando sujetos a a ley de protección de datos.
- Una misma persona puede tener tarjeta de donante de distintos países. La donación se hace efectiva en el país del fallecimiento.
Voluntades Anticipadas o Testamento Vital
- Se trata de un documento legal en el que una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad sobre aquellas actuaciones médicas que quiere o no recibir, y sobre el destino del cuerpo, órganos y tejidos con el fin de que ésta sea respetada y cumplida en el momento en que, por determinadas circunstancias, no pueda expresarla personalmente.
- Se puede designar un representante para que sirva como interlocutor con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas.
- En este caso, el contenido del documento prevalece sobre la voluntad de la familia si esta fuera contraria a los deseos del fallecido.
El objetivo de la Organización Nacional de Trasplantes
Llegar en 2020 a 40 donantes por millón de habitantes. Si la generosidad de la población española se mantiene como hasta ahora es fácil que este objetivo se consiga en 2016.
at
Interesante post. Yo pensaba que si comunicabas al personal del hospital tu deseo de donar órganos era suficiente y por lo que explicas parece que no.
at
Así es Lucía, se necesita siempre un documento legal que respalde la donación: o bien un testamento vital o bien un consentimiento firmado por la familia. Lo más sencillo es que tus familiares estén al tanto de tus prioridades y haya acuerdo entre vosotros.
Un saludo
Pills
at
Me emocionan los vídeos que pones.